La Fundación Patronato de Huérfanos y Protección Social de Médicos Príncipe de Asturias (Fundación para la Protección Social de la OMC), es el órgano de solidaridad de todos los médicos colegiados de España. Su origen se remonta a 1917 con la creación del Patronato de Huérfanos y poco después del Patronato de Protección Social. Se constituye como Fundación en 1999, es de interés general y carácter particular, bajo el patrocinio del Consejo General de Colegios de Médicos de España, y está tutelada por el Protectorado que desempeña actualmente el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Atiende y da respuesta de forma integral a los miembros de la profesión médica y sus familias con necesidades especiales de protección social desde los principios de Universalidad, Solidaridad, Integralidad y Participación. Para ello cuenta con un Programa de Protección Social y una estructura organizativa. Sus órganos de gobierno son la Junta de Patronos y la Junta Rectora.
Acceso a Catálogo de Prestaciones 2022
Acceso a Memoria de Actividades 2021
Socios Protectores
Los Socios Protectores son los médicos colegiados que mediante el pago voluntario de las cuotas establecidas, aportan los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades fundacionales.
También el personal empleado de plantilla de cualquier colegio provincial de médicos, del Consejo General o de la Fundación, siempre que éstos hayan decidido voluntariamente pertenecer como asociados de la fundación y pagar las cuotas correspondientes.
La Fundación puede contar con ayudas y subvenciones públicas o privadas de personas físicas o jurídicas, así como por cualesquiera cuantos bienes y derechos cuya adquisición permita el ordenamiento jurídico tales como herencias, legados, donaciones, etc.
¿A quién van dirigidas las prestaciones?
Las nuevas prestaciones de dependencia y conciliación de la vida familiar y laboral están dirigidas a los propios médicos colegiados y sus cónyuges así como a sus padres con dependencia.
¿Quién puede beneficiarse?
Los médicos que soliciten esta prestación deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Estar colegiado y suscrito a la Fundación.
• Estar al corriente de sus compromisos colegiales.
• Tener una antigüedad de al menos 10 años consecutivos.
• Rellenar la solicitud de “Prestaciones asistenciales” que podrá encontrar en https://www.fpsomc.es/prestaciones_asistenciales#
• Justificación de los ingresos de la pensión de la persona con discapacidad que deberán ser inferiores a la pensión máxima que establece el Estado.
• Certificación y/o evaluación de los servicios sociales del grado de su dependencia.
Accede a más información en la web: www.fpsomc.es
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